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Recuperación, Pérdida y Conservación Nacionalidad Española

Es importante conocer los diferentes supuestos que llevan a la pérdida de la nacionalidad española, así como las diferentes formas de recuperarla. Y es que una vez se pierde, es posible recuperar y conservar la nacionalidad, siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos.

Requisitos para la recuperación, pérdida y conservación de la nacionalidad española

Las personas de origen español pueden perder la nacionalidad en los siguientes casos:

  • Una vez se reside en el extranjero y se adquiere otra nacionalidad de forma voluntaria. La pérdida de la nacionalidad española se puede evitar si se declara la conservación de la misma en el plazo de tres años. Si se adquiere la nacionalidad de Filipinas, Andorra, Portugal, Guinea Ecuatorial o países iberoamericanos, esta causa no será suficiente para perder la nacionalidad española.
  • Los españoles que residan en el extranjero, adquieran otra nacionalidad y renuncien voluntariamente a la española.
  • Los nacidos en el extranjero de padre o madre español perderán la nacionalidad española si una vez tengan la mayoría de edad o desde su emancipación no declaran que quieren conservarla en el plazo de tres años.

Los españoles que no sean de origen español perderán la nacionalidad española en los siguientes supuestos:

  • Si una vez adquirida la nacionalidad española, se utiliza la nacionalidad a la que se ha renunciado durante un plazo de tres años.
  • Si se ejerce un cargo político en el extranjero o se entra al servicio de armas de forma voluntaria, a pesar de la prohibición del gobierno español.
  • Cuando se demuestra que la persona ha adquirido la nacionalidad española de forma fraudulenta o incurriendo en un delito de ocultación o falsedad.

Una vez se ha perdido la nacionalidad española, es posible recuperarla, siempre y cuando se cumplan los requisitos siguientes:

  • Es necesario residir legalmente en España.
  • Se deberá declarar ante el Registro Civil la voluntad de querer recuperar la nacionalidad española.
  • Los españoles que no lo son de origen, necesitarán la habilitación del Gobierno para recuperar la nacionalidad española, siempre y cuando la pérdida haya sido consecuencia de:
  • Cuando en tres años se haya utilizado exclusivamente la nacionalidad a la que se había renunciado al haber adquirido la española.
  • Si se ejerce un cargo político en el extranjero o se entre al servicio de armas de forma voluntaria, a pesar de la prohibición del gobierno español.
  • Cuando se demuestra que la persona ha adquirido la nacionalidad española de forma fraudulenta o incurriendo en un delito de ocultación o falsedad.

Documentación para la recuperación, pérdida y conservación de la nacionalidad española

A la hora de recuperar la nacionalidad española, se necesitará la siguiente documentación:

  • Certificado de nacimiento.
  • Certificado de empadronamiento.
  • Permiso de residencia.
  • Documentación que acredite la adquisición de la nacionalidad española.
  • Documentación que acredite la pérdida de la nacionalidad española.
  • Otros documentos según cada caso.

Tipo de Ayuda: Estatal

Organismo que la convoca: Residencia

Enlace a la Ayuda: PDF

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