Solicitud Nacionalidad_Otros supuestos
La normativa española contempla otras formas diferentes a la hora de adquirir la nacionalidad española. Si el interesado se encuentra en uno de los siguientes supuestos, podrá obtenerla, siempre y cuando aporte la documentación necesaria.
Requisitos para solicitar la nacionalidad Otros supuestos
Estas son la condiciones para solicitar este tipo de nacionalidad:
- Podrá solicitar la nacionalidad por otros supuestos el interesado, siempre y cuando sea mayor de 18 años.
- O esté emancipado.
- O sea viudo de un ciudadano español.
Documentación para solicitar la nacionalidad Otros supuestos
La documentación a aportar para solicitar la nacionalidad en caso de las personas que no hayan ejercido su facultad de optar es la siguiente:
- Certificado de nacimiento del padre o la madre español.
- Certificado de nacimiento del abuelo o la abuela, si uno de ellos o ambos tienen ascendencia española. También será necesario presentar el certificado de nacimiento del padre o la madre descendiente de español, aunque no sea español.
- Certificado de nacimiento del interesado.
- Las personas en régimen de tutela, guarda o acogimiento no provisional deberán presentar:
- En los casos de acogimiento familiar, el auto del tribunal donde se designe la persona que se encargará de la tutela, guarda o acogimiento.
- En los casos de acogimiento por Institución española, la resolución donde dicha institución asuma la tutela, guarda o acogimiento.
Documentos genéricos que deberán acompañar la solicitud, además de los mencionados anteriormente según el caso que se trate:
- Modelo de solicitud.
- Justificante del pago de la tasa.
- Certificado del Registro Central del Extranjeros o del Registro de ciudadano de la Unión, tarjeta de Identidad de extranjero o de Familiar de ciudadano de la Unión Europea.
- Pasaporte completo.
- Certificado de nacimiento traducido del interesado.
- Certificado de antecedentes penales de su país de origen.
- Certificado de matrimonio, si procede.
- Certificado de antecedentes penales, si procede.
- Certificado de empadronamiento.
- Prueba de conocimiento del idioma español o DELE, así como diplomas del Instituto Cervantes de la prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales o CCSE. Estarán exentas del examen DELE, las personas nacionales de un país cuya lengua oficial sea el castellano.
Tipo de Ayuda: Residencia
Organismo que la convoca: Estatal
Enlace a la Ayuda: PDF