Ayuda para el pago del alquiler en las oficinas de “Habitatge”
Las ayudas en el pago de alquiler permiten conservar la vivienda considerada como habitual para seguir en el entorno conocido, evitando el proceso traumático que significa perder un hogar.
Aquí te descubrimos todo lo que debes hacer para pedir la ayuda para el pago del alquiler en las oficinas de “Habitatge”.
Requisitos para solicitar la ayuda por el pago del alquiler en las oficinas de “Habitatge”
Podrán solicitar esta ayuda las personas que residan en Barcelona y sean titulares de un contrato de alquiler de su vivienda considerada habitual, siempre y cuando cumplan las siguientes condiciones:
- Formalizar un contrato de alquiler tras finalizar su estancia de inclusión en un recurso residencial de la Red de Viviendas de Inclusión de Barcelona o tras un recurso residencial para mujeres víctimas de violencia machista en el Servicio de Atención, Recuperación y Acogida o SARA, o Agencia para el abordaje Integral del Trabajo Sexual o ABITS del Ajuntament de Barcelona. De igual forma, para las personas que hayan perdido su vivienda habitual y formalicen un nuevo contrato de alquiler.
- Unidades de convivencia que hayan firmado un contrato de alquiler mediante la Borsa de Vivienda de Alquiler de Barcelona o bien se haya acordado una rebaja mínima de 50€ mensuales en el recibo de alquiler, siempre y cuando presenten la solicitud en el plazo máximo de 90 días desde la fecha de la rebaja.
- Beneficiarios de la ayuda temporal garantizada y/o del servicio del soporte de acceso a la vivienda.
- Que los ingresos netos mensuales no superen el 1,5 del indicador de renta de suficiencia de Cataluña o IRSC.
- No pagar un alquiler superior a 800 € al mes.
- No disponer de un ahorro en la declaración del IRPF superior a 500 €.
- Destinar al pago del alquiler más del 30% de los ingresos netos mensuales de la unidad de convivencia.
- Encontrarse ante una falta de recursos económicos, incurriendo en el impago del alquiler o estar en dificultad para pagar.
- Garantizar estar en condiciones de seguir pagando el alquiler.
- Tener domiciliado el cobro de la prestación en una entidad financiera.
- Pagar el alquiler de la vivienda a través de un recibo domiciliado, transferencia bancaria, recibo o ingreso en cuenta.
- Acreditación de la residencia legal en Barcelona. Basta con acreditar 6 meses de empadronamiento anteriores a la presentación de la solicitud.
- Estar empadronado en la vivienda objeto de la prestación.
- No se debe tener una vivienda en propiedad.
- No es posible tener algún parentesco con los arrendatarios por matrimonio o similar, por consanguinidad o adopción hasta segundo grado.
- No podrán acceder a estas ayudas los inquilinos de viviendas gestionadas por la Agència de l’Habitatge de Catalunya o por el Patronat Municipal de l’Habitatge de Barcelona.
Documentación para solicitar la ayuda por el pago del alquiler en las oficinas de “Habitatge”
Desde aquí te mostramos los documentos que has de aportar para solicitar la ayuda por el pago del alquiler en las oficinas de «Habitatge»:
- Impreso de solicitud.
- DNI, NIF, NIE o documento de identificación similar del solicitante y todos los miembros mayores de edad que convivan juntos.
- Certificado de convivencia del Ayuntamiento de Barcelona que acredite el domicilio donde vive el solicitante y el resto de miembros.
- Justificante de ingresos de todas personas en edad laboral que forman la unidad de convivencia.
- Autorización del solicitante y miembros de la unidad de convivencia en edad laboral para que los órganos que tramitan esta solicitud puedan pedir información relevante a los organismos públicos.
- Original y fotocopia del libro de familia, si procede.
- Informe de vida laboral del solicitante y el resto de personas en edad laboral que forman parte de la convivencia.
- Original y fotocopia del contrato de alquiler a nombre de la persona solicitante.
- Recibo de alquiler del mes anterior y del mes en que se presenta la solicitud.
- Impreso con los datos bancarios de la cuenta donde se debe ingresar la prestación.
- En los casos de personas con alguna discapacidad, acreditación procedente del Departamento de Bienestar Social y Familia.
- Informe socioeconómico emitido por los servicios sociales municipales o un servicio similar sobre la situación de la unidad de convivencia.
- Carnet de familia monoparental, si procede.
- Comunicación de la propiedad o representante de que no se puede hacer frente al pago de la renta de alquiler.
- Si no se dispone de ella, declaración jurada del arrendatario.
Más información
Tipo de Ayuda: Ayuntamiento
Organismo que la convoca: Ajuntament de Barcelona
Enlace a la Ayuda: PDF